07 octubre 2011

GACETA OFICIAL MINISTERIO PARA VIVIENDA Y HABITAT PARA EL ORTORGAMIENTO DE CRÉDITOS PARA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA PRINCIPAL

A todos nuestros Clientes que procederan a tramitar crédito hipotecario, favor tener en cuenta Gaceta oficial emitida el 22 de septiembre de los corrientes donde se publican las nuevas normas y requisitos que el Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat dicta desde la citada fecha para el otorgamiento de créditos de vivienda:

http://www.tsj.gov.ve/gaceta/Septiembre/2292011/2292011-3245.pdf#page=3

Los principales cambios que se presentan son los siguientes:
  1. Todo solicitante de Crédito Hipotecario, independientemente de su modalidad (FAOV o Recursos propios de los Bancos) debe ser cotizante activo del FAOV y tener al menos 12 cotizaciones continuas o no.
  2. El tope de endeudamiento crece de 30 al 35%  (cuota mensual crédito/ingresos mensuales declarados)
  3. Se estandariza el plazo de otorgamiento a 25 años para ambas modalidades, revisable
  4. Existen nuevas consideraciones para los "Sujetos de Atención Especial"
  5. Se modifican los términos para el otorgamiento de subsidios. Los mismos estan destinados a solicitantes que devenguen hasta 4 salarios mínimos (Bs 6.192,00) y para financiamientos requeridos por un máximo de Bs 270.000,00.  El porcentaje del subsidio variará segun los ingresos declarados (consultar tabla en gaceta)
Dpto de Tramitación